"Capital del Viento" |
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La Ordenanza sancionada el 3 de Diciembre de 1923 establece las siguientes disposiciones:Una elipse de una proporción 5:6 entre su eje mayor y menor encerrará los atributos del Escudo. En el eje una paloma radiante, vista de frente y con las alas extendidas.
En punta una áncora medio sumergida y con una uña fuera de la superficie de una marizada que ocupara el cuartel inferior. Dos barcos uno de ellos es una Carabela y el otro un Bergantín del siglo XVI.
La Carabela tendrá dos castillos, cuatro palos verticales y bauprés. El Bergantín con aparejo redondo o de cruz en el trinquete y latino en el mástil de mesana, ambas naves irán empavesadas con bandera en los topes y flámulas en las penas.
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