"Capital del Viento" |
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Disuelta la Junta Central, último baluarte de la monarquía, los pueblos americanos, comprenden que ha llegado el momento para reasumir el poder soberano. Habiendo sido disuelta la Junta Central (la cual había nombrado a Cisneros), queda sin efecto su mandato.Al comenzar el año 1810 la agitación revolucionaria había crecido. Una sociedad secreta integrada, entre otros, por Rodríguez Peña, Belgrano, Paso, Saavedra, Vieytes, Donado, Alberti, Terrada, Darragueira, Chiclana, Castelli, French, Beruti, Viamonte y Guido, organizaba las acciones.
Las reuniones se realizaban en la casa de Vieytes, en la de Rodríguez Peña o en la quinta de Orma.
Cornelio Saavedra ofreció su contingente armado, los Patricios.
La Semana de Mayo
- 13 de mayo: Una fragata inglesa que recaló en Montevideo trajo periódicos en los que se informaba acerca de la caída de la última Junta de España en Andalucía.
- 18 de mayo: Por medio de una proclama, el Virrey Cisneros comunicó esos hechos al pueblo y aconsejó tranquilidad y obediencia a las autoridades españolas.
- 19 de mayo: Saavedra y Belgrano se reunieron con el alcalde de primer voto, Juan José Lezica, para que convocara, con ausencia de Cisneros, un Cabildo Abierto. Castelli cumplió idéntica misión ante el síndico procurador Julián de Leiva.
- 20 de mayo: Cisneros reunió en la Fortaleza a los jefes militares para pedir su apoyo pero no tomó ninguna decisión. Los patriotas disidieron que Castelli y Martín Rodríguez se presentaran ante el Virrey para exigirle la reunión de un Cabildo Abierto. Cisneros finalmente aceptó.
- 21 de mayo: Algunos vecinos se reunieron en la Plaza Mayor para apoyar la solicitud de un Cabildo Abierto.
- 22 de mayo: A las 09:00 de la mañana alrededor de 250 invitados comenzaron la sesión, habían sido invitados a través de esquelas a los vecinos más destacados.
El debate se inició con la proclama del escribano del Cabildo, Justo Nuñez, quien aconsejó evitar toda innovación y acatar la autoridad del Virrey.
Siguió en el uso de la palabra el obispo de Buenos Aires, Benito de Lué y Riega (español) quien sostuvo que aún en caso de una pérdida parcial de la Península, ese pedazo de tierra debía continuar gobernando a América y los criollos sólo podrían llegar a ejercer el poder cuando no quedara ningún español en estas tierras.
A continuación habló el doctor Juan José Castelli (sea apoya en la doctrina suarista) quien fundamentó los derechos del pueblo de Buenos Aires para ejercer su soberanía y formar un nuevo gobierno ya que ellos había jurado fidelidad al rey de España, no a la nación española (considera a América como reino y no como colonia).
El fiscal Manuel Genaro Villota (español) afirmó que las resoluciones de los vecinos porteños carecían de validéz porque no representaban a todo el virreinato.
Juan José Paso, abogado criollo, sostuvo la necesidad de establecer en Buenos Aires una Junta Gubernativa lo antes posible.
A continuación se decidió votar una propuesta concreta. Entre todas se destacó la proposición de Cornelio Saavedra por la cesación del Virrey y la delegación interina del mando en el Cabildo hasta la formación de una Junta que lo ejerciera en base a la participación popular. Según sus palabras "...No queda duda de que el pueblo es el que confiere la autoridad o mando..." Adhirieron a su opinión Castelli, Belgrano, Paso, Moreno y Rivadavia entre otros. Votaron y el escrutinio se postergó para el día siguiente.
- 23 de mayo: El recuento de los votos arrojó las siguientes cifras 155 votos por la destitución del Virrey; 69 por su continuación en el mando sólo o asociado. Pero éstos votos no eran para que el Cabildo erija una junta ni para la participación popular de la que hablaba Saavedra.
Una maniobra de los regidores del Cabildo permitió designar, sin consultar al pueblo, una Junta Provisional presidida por el propio Virrey.
- 24 de mayo: El Cabildo dispuso que Cisneros continuará en el mando al frente de una Junta de Gobierno integrada por españoles y por los criollos: Castelli y Saavedra.
"Reglamento constitucional del 24" bajo la dirección de Leiva el Ayuntamiento redactó un reglamento de 13 Art., con el propósito de vigilar el desempeño del nuevo organismo. (Los principios republicanos de responsabilidad, publicidad, peridiosidad y fundamentalmente de división de poderes de gobierno, se consagran en estas reglamentaciones).
Previa consulta a los jefes militares, los integrantes de la Junta juraron en el Cabildo. Cuando trascendió, que el virrey permanecía en el mando, la agitación cundió por plaza mayor y los cuarteles de Patricios.
Castelli y Saavedra reconocieron su error y renunciaron. El Virrey actuó de la misma manera y el poder volvió al Cabildo. Los patriotas decidieron presentar al Cabildo los nombres de las personas que integrarían la nueva Junta de Gobierno. Además de confeccionar esa lista, se dispuso enviar a la brevedad una expedición militar al interior con carácter de "auxiliadora". La destitución del Virrey se hizo pública a través de un bando por las calles de Buenos Aires.
- 25 de Mayo: los cabildantes resolvieron rechazar la renuncia de la junta presidida por el Virrey y le aconsejaron a éste imponerse por la fuerza. Para lograrlo consultaron a los jefes militares quienes negaron su apoyo.
Los miembros del Cabildo se reunieron para considerar la renuncia de los miembros de la Junta, lo que no fue aceptado, comunicándosele a mantener su autoridad. Se decidió convocar a las fuerzas armadas, las que se pronunciaron en contra de la desición de los cabildantes. Le niegan su apoyo al Virrey.
El Cabildo decidió solicitar la renuncia de Cisneros, a lo que éste accedió. Una nueva presentación hace saber al Cabildo, que el pueblo no se contentaba con la renuncia del presidente, sino que habiendo formado idea que el Cabildo en la elección de la Junta se había excedido en sus facultades, y teniendo noticia cierta de que todos los vocales habían renunciado, había el pueblo reasumido la autoridad que depositó en el Cabildo (acta del 25 de mayo).
A continuación dieron los nombres de los que integrarían la Nueva Junta, que no era otra cosa que el primer gobierno patrio de los argentinos, presidida por Saavedra. Debería enviarse también en el término de 15 días una expedición de 500 hombres al interior (acta capitular del 25 de mayo). De esta manera se logró el triunfo de la revolución argentina.
Doctrinas Jurídicas de al RevoluciónDentro de la fundamentación ideológica del movimiento nacional, surgen dos corrientes historiográficas, que discuten sobre la doctrina que fundamento la tesis ideológica.
- Corriente tradicional (Suarez)
Dice que tiene como único fundamento el pacto atribuido a Suarez, quien niega la influencia de las tendencias liberales y de la revolución francesa.La tendencia Saurista dice que las idea del filósofo jesuita fueron conocidas en todo América desde el siglo XVII y XVIII. Éstas se difunden en los establecimientos de enseñanza (especialmente los que están en manos de los jesuitas). En 1761, el rey de Francia mandó a quemar todos los trabajos realizados por Suarez, porque iban en contra de los principios monárquicos.
La doctrina de Suarez se resume en cuatro puntos:
Esta doctrina daba al pueblo el legítimo derecho de ser el titular de la soberanía y dar el poder o mando al monarca, mediante un pacto o contrato, el que queda disuelto ante cualquier falta por parte del monarca.
- A nadie le viene inmediatamente de Dios la potestad civil, por naturaleza o donación graciosa.
- Es al gobernante al que le viene la autoridad, mediante el pueblo.
- El pueblo la concede por su libre consentimiento, derivándose de allí los títulos de gobierno.
- Al hacer esa donación o traspaso hay limitaciones en el poder.
Suarez trata de demostrar que a pesar del contrato entre el rey y el pueblo, el pueblo está obligado a obedecer por derecho divino o natural, como tb. el rey debe hacerlo (no siendo tirano).
Con estas consideraciones se comprende cómo las idea de Suarez fueron realmente revolucionarias y cómo pudieron servir perfectamente para denunciar el pacto de Vasalles realizado entre el monarca español y los pueblos americanos.
Ahora bien, hay que ver de qué forma influyó en nuestro virreinato:
- Las principales figuras de mayo, fueron alumnos de los colegios donde se difundían éste tipo de pensamientos. De esta manera vemos que es evidente su conocimiento en el Río de la Plata.
- Corriente liberal (Rousseau)
Afirma que la doctrina revolucionaria que sostuvo Castelli, no es otra que la del contrato social de Rousseau. A la par de esta fundamentación, sostienen la filiación francesa de las ideas políticas proclamadas en mayo. La teoría de Rousseau sostiene que la soberanía es intransferible y sólo la posee el soberano o el pueblo. Además el pacto de Rousseau se realiza entre los miembros de la comunidad y no entre el pueblo y el monarca.
Evidentemente la teoría Suarista se amolda más adecuadamente a la tesis de Castelli y al voto de Saavedra, cuando expresa que el pueblo confiere la autoridad o mando.
Ciclo histórico de la Revolución
- La primera Junta ( 25-5-1810 / 18-12-1810 ) (Centralismo porteño, 9 miembros)
La Junta Provisional Gubernativa juró en nombre de Fernando VII y desempeñó sus funciones entre mayo y diciembre de 1810. Una vez constituída debió enfrentar la oposición sistemática del Cabildo, de la Audiencia y del ex Virrey; quienes tenían la esperanza de que los diputados provinciales se pronunciaran contra la Junta.
- Composición de la Primera Junta de Gobierno
Se instala en Bs As la Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Río de la Plata a nombre del Señor Don Fernando VII. Presidente: Cornelio Saavedra; Secretarios: Moreno y Paso; Vocales: Alberti, Azcuénaga, Belgrano, Castelli, Matheu y Larrea (estos dos eran los únicos que no eran criollos).Entre las medidas de gobierno de carácter social que realizó el primer gobierno patrio merece destacarse:
En el aspecto económico:
- la concesión de derechos políticos a los aborígenes
- la elaboración de normas para facilitar la venta de terrenos a los agricultores.
Dispuso además la reorganización del ejército:
- favoreció el libre comercio,
- redactó un nuevo reglamento para la actividad comercial,
- ordenó la apertura de puertos como Maldonado y La Ensenada,
- persiguió el contrabando y
- protegió la industria minera.
Para comunicar su obra de gobierno y sus ideas liberales la Junta fundó un periódico, la Gazeta de Buenos Aires. También ordenó la creación de una Biblioteca Pública; editó la traducción al español del Contrato Social de Rousseau prologado por Mariano Moreno; dispuso la edificación de escuelas primarias y aumentó el sueldo a los maestros.
- creó una escuadrilla naval y
- se abrió, por iniciativa de Manuel Belgrano, una escuela militar de matemática.
Acta del 25 de mayoDe carácter provisional, hasta tanto se incorporen los diputados del interior. Se les da un tratamiento de honor a los miembros de la Junta, semejantes a los del virrey.
Con el evidente propósito de controlar al nuevo gobierno y hacer triunfar la contrarrevolución española, el mismo día 25, el Cabildo impuso a la Junta un Reglamento compuesto por 11 Art.
Este documento reconocía al Cabildo la facultad de destituir a los miembros de la Junta, le otorgaba a la misma un carácter provisional y sometido al Cabildo y a la autoridad suprema del rey Fernando VII. Además le exigía al nuevo gobierno la consulta inmediata a las intendencias para formar una Junta General del Virreinato.
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento, los diputados del interior no debían incorporarse a la Junta Gubernativa, sino formar un organismo separado. (La Junta no lo acepta).
Circular del 27 de mayoPara consolidar posiciones, debía hacerse trascender la revolución a un plano nacional, lo que reafirmaría la decisión de Bs. As. Por ello se decide comunicar a los pueblos del interior la instalación del gobierno y se solicitaba al interior del virreinato que se nombren diputados, los cuales se incorporarían a la Junta de acuerdo al orden de llegada.
De esta manera los representantes del interior arribarían a Bs. As. para formar una parte de la Junta y no un cuerpo separado. Además este documento menciona una expedición de 500 hombres, pues de otra forma no se harían libre y ordenadamente las elecciones. Durante un tiempo, los pueblos del interior permanecieron durante un tiempo adictos al sistema político imperante con Cisneros. Era evidente que los enemigos de la Junta confiaban en los representantes del interior para volver al poder.
Conflictos InternosUna vez constituída la Junta surgieron dos facciones lideradas por Mariano Moreno y Cornelio Saavedra respectivamente. El antagonismo residía en la forma de resolver los problemas de gobierno. Los saavedristas no compartían las nuevas teorías liberales y contaban con la adhesión de las tropas y la gente del interior.
Los morenistas eran partidarios de las ideas de la ilustración, querían establecer un gobierno democrático y republicano. No contaban con el apoyo de las provincias y demostraron un acentuado porteñismo.
Su política revolucionario se plasmó en el proyecto que Mariano Moreno presentó a consideración de la Junta y que trascendió como Plan Revolucionario de Operaciones.
Un episodio aumentó la desconfianza entre ambos bandos, durante un banquete en el cuartel de los Patricios donde se festejaba la victoria de Suipacha, un oficial elogió en forma exagerada a Saavedra e incluso lo llamó emperador.
Enterado, Moreno redactó el Decreto de Supresión de Honores que disponía la igualdad de todos los miembros de la junta y donde Moreno escribió su célebre frase: "Ningún ciudadano, ni ebrio, ni dormido, debe tener impresiones contra la libertad de su país.
El enfrentamiento se agudizó con la llegada a Buenos Aires de los diputados electos por los Cabildos del Interior. Los saavedristas querían incorporar los diputados a la Junta en carácter de vocales. Esta opinión era compartida por el Deán Gregorio Funes representante de Córdoba.
Los morenistas, en cambio, eran partidarios de que los diputados formaran un cuerpo separado encargado de dictar una Constitución.
La disputa culminó con el alejamiento de Moreno encargado de una misión diplomática.
Reglamento del 28 de mayoComo la Junta gubernativa no acepta el reglamento del 25 de mayo (que la sometía a las directivas del Cabildo) y en ejercicio de sus legítimas atribuciones dictó el reglamento administrativo del 28 de mayo, un reglamento de poderes donde se le atribuye los poderes de gobierno, hacienda y guerra.
Todos los demás organismos debían subordinarse al poder de la Junta, incluso órganos muy fuertes quienes no están cómodos con esta disposición: el Cabildo y la Audiencia. Éstos no se resignan a perder el poder frente a la Junta y promueven los enfrentamientos contra la misma.
El documento establecía el horario de trabajo de la Junta, organizaba la labor administrativa, los honores de sus integrantes y el ejercicio de su Patronato. Además deja en claro la participación del pueblo, cuando permite dirigirse al gobierno cuando se crea beneficente.
Estracta: Trabajo realizado por Rita Chaher
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