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Los Cinerarios Parroquiales: Recomendaciones del Arzobispado de Buenos Aires
 


Captura de video. El cinerario se encuentra ubicado en el predio de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario y se trata del único en la zona norte de Santa Cruz.

  • Ver Video:
    «Cinerario en Cañadón Seco -2016-». (01:22).

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  • “Sería provechoso que en determinados templos, ya sean parroquias, iglesias o santuarios, se diera un espacio físico a las cenizas de los cuerpos de los hermanos difuntos, con la mesura y decoro que la Iglesia siempre ha mostrado en este aspecto”, expresa el Directorio sobre Religiosidad Popular y Liturgia, que el arzobispado de Buenos Aires hace suyo para alentar la instalación de cinerarios parroquiales.

    Tal recomendación está basada “en que muchas familias no saben qué hacer con las cenizas de los suyos en sus casas, después de haber pasado los primeros impactos del duelo”.
    Además, recordemos que los restos de los fieles cristianos deben ser enterrados (colocados) en "campo santo", esto es dentro o en las cercanias de un templo católico.

    Como no siempre es posible -sobre todo en grandes ciudades- que junto a la Parroquia se encuentre un cementerio -como ocurre en pequeñas o muy antiguas ciudades y pueblos- es por esa razón que se crearon los Cementerios Comunes (Como Chacarita o Flores o los Cementerios Privados) que deben cumplir, entre otras, con el requisito de tener una capilla donde se celebran responsos, misas, bendiciones, etc. para cumplir con las disposiciones de la Santa Iglesia.

    La tradición de enterrar a los fieles difuntos en Campo Santo, junto o dentro del lugar de culto, se remonta a la época de las catacumbas romanas del siglo I.
    Superada la época de prohibición de cremar los restos de los fieles cristianos nos encontramos muchas veces -y hoy más que nunca- que se conservan en domicilios o se depositan en lugares inapropiados para un cristiano -lagos, rios, al viento etc.- sus cenizas. Por esa razón es conveniente, dentro de lo posible crear espacios dentro de las parroquias para que sean depositadas.

    A continuación se agrega una serie de recomendaciones a fin de que la iniciativa pueda aplicarse con la mayor armonía, Y una lista de las Parroquias de Buenos Aires que ya cuentan con ellos.
    Si usted conoce de otras parroquias que cuenten con Cinerarios deje los datos en un comentario indicando el nombre de la Parroquia, dirección, diocesis, provincia, país, teléfono, etc.

    Son las siguientes:

    1. El lugar para colocar el Cinerario Común podría ser el atrio, sea éste cubierto o descubierto, o en algún espacio verde que tenga el templo, éste debe ser un espacio digno, no un rincón o algo parecido.
    2. Puede ser una fosa de 2 ó 3 metros de profundidad, de 1 m por lado, con una losa que lo cubra, con una abertura de 0,20 x 0,25 cm por donde introducir las cenizas.

    3. Su ornamentación no debe ser ni pomposa ni tan disimulada que pase inadvertida. Tal vez con un grabado o imagen de Cristo, con texto bíblico y una frase que nos recuerde a nuestros hermanos en la fe, que esperan de nosotros y nosotros esperamos de ellos.
    4. Puede ser construido un cuadrado, rectángulo o cilindro de unos 80 cm de alto, con una tapa de hierro o mármol con candado para su resguardo.

    5. Debería haber también un lugar para que los fieles puedan depositar sus ofrendas florales.
    6. Es recomendable que las cenizas sean depositadas sin urna para que no ocupen lugar por la misma capacidad de la fosa (de todos modos, en un metro cúbico entran 5.000 cenizas).
    7. Es bueno que la misma familia deposite las cenizas de sus parientes después de haber celebrado una misa por ellos.

    8. Es bueno que sea fijado un día por semana o por mes para esto, y en la medida de lo posible que sea un gesto comunitario (varias familias).
    9. Que junto con la celebración de la Eucaristía, haya una pequeña paraliturgia, procesión, etc., de todos los fieles que han participado de la misa hasta el lugar de la sepultura, y una aspersión de cada ceniza antes de que la familia las deposite en el Cinerario.
    10. Es recomendable llevar un registro (libro) de los restos depositados, día del fallecimiento y día en que fue depositado. Y entregar un certificado a la familia.

    11. Es recomendable que no se permita colocar placas recordatorias, porque además de correr el riesgo de desprolijidad, pueda dar lugar a la ostentación personal, creando diferencias. A menos que se estandarice de tal manera que sean todas iguales y de un tamaño pequeño.
    12. Según el lugar donde esté ubicado el Cinerario, podría colocarse una alcancía como ofrenda para misas de difuntos (la gente querrá colocar su contribución).

    13. Es posible también, construir junto al Cinerario un lugar apropiado para que los fieles coloquen sus cirios encendidos.
    14. Dentro de la ficha de identificación y datos de cada difunto, es conveniente que conste quién es el familiar que se hace responsable de la colocación de las cenizas, por posibles problemas jurídicos.

     


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